Según la Real Academia Española, el embrión es un “Ser vivo en las primeras etapas de su desarrollo, desde la fecundación hasta que el organismo adquiere las características morfológicas de la especie. En la especie humana, producto de la concepción hasta fines del tercer mes del embarazo”. Para la Iglesia Católica, el embrión humano es “El fruto de la generación humana desde el primer momento de su existencia, es decir, desde la constitución del cigoto, exige el respeto incondicionado, que es moralmente debido al ser humano en su totalidad corporal y espiritual”. Vemos que ambas definiciones coinciden en que el embrión, comienza durante la fecundación, y posteriormente es un desarrollo continuo hasta llegar a la adultez.
Con el nacimiento de Louis Brown en el año 1978, la llamada “bebé en probeta”, se abrió un nuevo y extensivo campo de investigación en las primeras etapas del desarrollo en el ser humano. A partir de ese momento se contó con la tecnología necesaria no solo para realizar una fecundación in vitro, sino que la de cultivar los embriones hasta justo antes de que ellos se implanten en el útero de la mujer. Posteriormente se han desarrollado otros procedimientos como la congelación de embriones, gametos, tejido testicular, ovárico, etc. los cuales han ampliado la diversidad de procedimientos y oportunidades para ofrecer a muchas parejas infértiles el lograr tener a un hijo biológico.
Como toda nueva tecnología, las técnicas de reproducción asistida despertaron mucho interés, inquietud e incluso temor en la población, por lo que al poco tiempo se comenzaron a organizar comités multidisciplinarios con el fin de establecer regulaciones a esta emergente tecnología. Es así como en el año 1990, en el Reino Unido, se decreta una ley producto de una extensa discusión de un grupo de científicos, bioeticistas y consulta a la población. La ley en cuestión, vigente hasta hoy en día en el reino Unido establece que los embriones humanos se pueden mantener in vitro y realizar investigación con ellos, solo hasta el día 14, y posteriormente deben ser desechados. Esta ley a inspirado a que otros países adopten leyes o normas similares ya que restringe la experimentación con embriones humanos, aunque no satisface a aquellas personas que consideran que la vida de un ser humano comienza desde su fecundación y que por mucho valor social y educacional que tenga la investigación científica, no se debiese experimentar con embriones humanos en ninguno de sus estados de desarrollo. Debido a esta restricción del día 14, algunos investigadores comenzaron a evaluar si el uso de procedimientos alternativos podría dar algunas pistas sobre el desarrollo temprano del embrión humano. Es decir, buscar modelos alternativos que pudiesen recapitular algunas etapas del desarrollo in vitro, aunque no fuesen 100% “humanos”. Es así como se comenzaron a elaborar procedimientos para formar embriones quiméricos entre células humanas y de mono, o bien realizar clonación, introduciendo núcleos de células humanas en ovocitos de otras especies (ejemplo monos), en este último caso llamados admixes. Este tipo de procedimientos a llevado a replantearse la definición original de embrión la “ley del día 14”, y se llego a una solución en que si se consideran embriones humanos a aquellos en el genoma nuclear es humano (por ejemplo aquellos derivados por clonación), aún no se tienen una clara respuesta para los embriones quiméricos.
Siguiendo esta línea de buscar modelos alternativos de investigación, en el año 2016, un grupo de investigadores publican un procedimiento in vitro en el que un grupo de células madre logró formar lo que ellos llamaron “embrioides”, es decir, un conjunto de células que es capaz de recapitular in vitro varias etapas del desarrollo de un embrión humano desde un punto de vista genético y morfológico. Siguiendo está línea de desarrollo, otro investigadores han logrado posteriormente crear otro tipos de “embriones” que los han nombrado en base a el período específico del desarrollo que ellos pueden recapitular, es decir tenemos: gastruloides, neuroloides, etc.
En un reciente artículo Landacker y Clarck, proponen la rigurosidad que hay que tener con el lenguaje en este tipo de investigaciones, y dejar claro que no es que sean “embriones sintéticos” o “embriones artificiales” como los llaman muchos autores, debido a que en realidad no son sintéticos, y aún son modelos del desarrollo, es decir no tienen las capacidades necesarias para lograr un desarrollo completo a término. En este sentido, unos investigadores chinos crearon estos embrioides con células troncales de monos y luego de implantarlos en una mona receptora (pseudopreñada) pudieron ver al menos una implantación por evidencias bioquímicas y ecográficas. Debido a que de acuerdo a la definición planteada con anterioridad estas “estructuras celulares”, no son consideradas embriones, en teorías ellas si podrían ser cultivadas in vitro más allá del día 14, y de esta manera poder estudiar etapas del desarrollo, como estados tempranos de la implantación, los cuales hasta ahora han sido inaccesible de en humanos. Es por ello que algunos investigadores han planteado extender esta ley del 14 (que como vimos en muchos otros países también se acoje como una guía ética de investigación) hasta el día 28. El perfeccionamiento de este procedimiento avanza cada día a una mayor velocidad, con el fin de poder tener mejores modelos de estudio que puedan dar respuesta al origen de patologías reproductivas y del desarrollo.
Sin embargo, qué pasará si eventualmente los procedimientos llegasen a refinarse de tal manera que los modelos se desarrollen de la misma manera, con el mismo patrón de expresión de genes que los embriones naturales. Dicho de otra forma, ¿Hasta cuándo el modelo puede ser considerado un modelo y no se ha convertido en una copia fiel del sujeto de estudio? ¿Podremos considerarlos embriones humanos? ¿Podrá ser entonces que un embrión humano no tenga su inicio solo en la fecundación sino que pueda ser producido totalmente in vitro al agregar un grupo de células madre? ¿Podríamos llegar a una situación en que ni siquiera se necesite un padre o una madre para proveer los gametos para la formación de un embrión, y es así como estaríamos cada vez más cerca de un “mundo feliz”?
Referencias
Deglincerti A. et al. (2016) ‘Self-organization of the in vitro attached human embryo’ Nature 533: 251.
Landacker, HL y Clarck AT (2023) Human embryo models made from pluripotent stem cells are not synthetic; they aren’t embryos, either Cell, 30:1290.
Li et al. (2023) Cynomolgus monkey embryo model captures gastrulation and early pregnancy Cell Stem Cell, 30:362
CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE INSTRUCCIÓN DIGNITAS PERSONÆ SOBRE ALGUNAS CUESTIONES DE BIOÉTICA https://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_20081208_dignitas-personae_sp.html último acceso 27/08/2024.
Appleby, JB y Bredenoord AL (2018) Should the 14-day rule for embryo research become the 28-day rule? EMBO Mol Med10:e9437
Profesor Titular Departamento de Fisiología
Facultad de Ciencias Biológicas UC